miércoles, 14 de octubre de 2020

Definición

 

Antes de iniciar a ver la normatividad para establecimientos farmacéuticos, revisemos algunas definiciones:

Droguería: Es el establecimiento dedicado a la venta de estupefacientes, alcaloides, barbitúricos, ocitócicos, corticoides y sicofármacos. A la venta de drogas oficinales, drogas genéricas, sustancias químicas, especialidades farmacéuticas, higiénicas, alimenticias y dietéticas; preparados farmacéuticos de venta libre; insecticidas, rodenticidas y similares; cosméticos y productos de tocador; materiales de curación, útiles, enseres y aparatos auxiliares de la Química Farmacéutica. Estos pueden tener algunos servicios auxiliares o complementarios para mejorar el servicio al cliente, como lo es la inyectología o la glucometría.

Depósitos: Son los establecimientos comerciales dedicados exclusivamente a la venta al por mayor de drogas, alimentos con indicaciones terapéuticas o que reemplacen regímenes alimenticios especiales, productos de tocador, sustancias químicas aplicadas en la industria, materiales de curación, jeringuillas y agujas. También podrán expender aparatos de física o química que se relacionen con el arte y la ciencia de curar y en general productos o artículos similares a los anteriores a juicio de las autoridades de salud correspondientes.

Agencias De Especialidades Farmacéuticas: Establecimientos dedicados al almacenamiento, promoción y venta de los productos fabricados por los laboratorios cuya representación o distribución hayan adquirido.

Farmacia: Es el establecimiento dedicado a la venta de estupefacientes, alcaloides, barbitúricos, ocitócicos, corticoides y sicofármacos. A la venta de drogas oficinales,    drogas  genéricas, sustancias químicas, especialidades farmacéuticas, higiénicas,    alimenticias y dietéticas; preparados farmacéuticos de venta libre; insecticidas, rodenticidas y  similares; cosméticos y productos de tocador; materiales de curación, útiles, enseres y aparatos auxiliares de la Química Farmacéutica. Podrá tener sección de elaboración de fórmulas magistrales.

Farmacia Homeopática: Es el establecimiento farmacéutico autorizado de acuerdo a su clasificación para la tenencia, venta y dispensación de medicamentos homeopáticos simples y complejos, productos fitoterapéuticos, complementos alimenticios, esencias florales, cosméticos elaborados con base en recursos naturales, literatura científica sobre el tema, así como para la elaboración, venta y dispensación de medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales, los cuales deben ser almacenados en secciones separadas por categoría.


Fuente: Salud Capital. Disponible en: http://www.saludcapital.gov.co/sitios/VigilanciaSaludPublica/Paginas/Establecimientosfarma.aspx






La actividad farmacéutica nacional se encuentra regulada por una serie de normas y decretos que exponen todo lo relacionado con el ejercicio de este servicio, así como los requisitos necesarios para la apertura de droguerías y farmacias de diferentes complejidades. En este blog podrá encontrar la información relacionada con la apertura de establecimientos farmacéuticos minoristas tipo DROGUERÍA con el fin de consultar de manera sencilla todo el procedimiento necesario para lograr este fin.